Los Servicios Jurídicos en las Cortes y en la Asamblea de Madrid. Análisis de la tramitación parlamentaria de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de asistencia jurídica al Estado e Instituciones Públicas y de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid
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Resumen
Al cumplirse diez años de la promulgación de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, el presente artículo pretende hacer un análisis de la situación de los servicios jurídicos de las Administraciones Públicas a partir del estudio de la tramitación parlamentaria en la Asamblea de Madrid de dicha Ley y de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de asistencia jurídica al Estado e Instituciones Públicas en las Cortes Generales. En ambos casos resulta llamativo que los enfrentamientos dialécticos en los trabajos parlamentarios entre los diversos Grupos Políticos dejaron paso a un consenso habida cuenta la estrecha relación entre los servicios jurídicos y los principios constitucionales de legalidad y eficacia en la acción administrativa. No obstante en la Comunidad de Madrid el consenso únicamente se vio limitado por las discusiones en cuanto a las formas de acceso al Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid.
En cualquier caso, tras diez años de vigencia, la Ley es una de las normas autonómicas de mejor factura técnica rigiendo la actuación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad en su actuación diaria.
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