Análisis crítico de la regulación de la potestad sancionadora en las nuevas Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre
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Resumen
Las Leyes 39/2015 y 40/2015, ambas de 1 de octubre, que están llamadas a ser pilares del Derecho administrativo español, incorporan una “nueva” regulación de la potestad sancionadora. Por un lado, es novedosa (y problemática) la división en dos leyes, separando artificiosamente lo procedimental de los principios del Derecho administrativo sancionador. Por otra, se altera igualmente la concepción del procedimiento que pasa a concebirse como una especialidad del procedimiento administrativo común, no ya como procedimiento especial.
Este artículo examina los claroscuros de la nueva regulación: por una parte, los avances y mejoras, centrados en la incorporación de determinados criterios jurisprudencialmente asentados y en la corrección de situaciones desaconsejables que la anterior normativa había propiciado. Por otro, los puntos críticos, algunos de ellos motivados por la artificiosa separación en dos leyes de una regulación que debería haber sido única e integral.
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