Las ayudas de Estado y el Derecho Comunitario. Las ayudas de minimis: problemática derivada de la condición de entidad asociativa del sujeto solicitante
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Resumen
El régimen jurídico de las ayudas reconocidas por los Estados miembros de la Unión Europea tiene una trascendencia capital para el Derecho Comunitario, ya que afecta a la consecución de los propios objetivos del Tratado Constitutivo y representa una importante limitación para la autonomía de las políticas económicas de los propios Estados. Las ayudas de minimis suponen una excepción a dicho régimen jurídico, ya que el legislador comunitario considera que, al estar condicionado su otorgamiento a que no superen un determinado importe fijo, no son incompatibles con el mercado común, en la medida en que no afectan a la libre competencia. La norma comunitaria que regula las ayudas de minimis se refiere genéricamente a las empresas como sujetos destinatarios de las mismas. Se analiza la problemática derivada de aquellos supuestos en los que una Administración pública, a la hora de adaptar la legislación comunitaria, ha considerado que la “regla de minimis” es aplicable a determinadas líneas de ayudas destinadas a determinadas entidades asociativas.
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